miércoles, 3 de septiembre de 2008

Dentro de esta ley 9504

Si dentro de esta ley en su reglamentación, tendriamos la posibilidad los pasivizados de mantener nuestra obra social actual, es decir la prepaga, que tenemos, y hasta el momento de cumplir los sesenta y cinco años, en que las prepaga no aceptan a los jubilados del sistema integrado de jubilaciones.
Es cuestión de proponerlo y luego veremos.
Quizas entre muchos interesados se escuche este pedido, que siempre circula y no se concreta?